Régimen de Inocencia Fiscal: Importancia de Declarar el Origen de los Fondos al Comprar Propiedades

Régimen de Inocencia Fiscal: Importancia de Declarar el Origen de los Fondos al Comprar Propiedades

Régimen de Inocencia Fiscal: ¿Por qué hay que seguir declarando el origen de los fondos al comprar una propiedad?

Si bien el Régimen busca devolver la libertad a los argentinos de usar su dinero sin dar explicaciones, deben seguir justificando el origen de los fondos. El 8 de febrero de 2026 se publicó en el Boletín Oficial el decreto reglamentario del Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, conocido como “Régimen de Inocencia Fiscal”, junto con la normativa complementaria de ARCA. Este esquema está dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas, y busca la simplificación fiscal. Este propósito se refuerza con el comunicado de la entidad recaudatoria, que declara que el objetivo es “dejar atrás un régimen persecutorio” y “devolver la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”. Los escribanos continúan pidiendo fondos o origen de fondos para las operaciones inmobiliarias. En esa línea, uno de los puntos clave de la ley es que la constancia digital de adhesión al Régimen Simplificado de Ganancias “será considerada un antecedente favorable ante entidades financieras y sujetos obligados”, según explican desde ARCA. Es decir, funciona como una presentación de declaración jurada de Ganancias sin detallar el patrimonio al inicio ni al cierre del período, ni el monto consumido. Además, según la consultora EY, otra clave de la ley con vigencia retroactiva al período fiscal 2025 es la exención del contribuyente de la obligación de informar las variaciones patrimoniales del período.

Los beneficios del Régimen Simplificado de Ganancias

El esquema se vuelve una opción atractiva para muchos inversores. Como se anticipó anteriormente, es una manera de presentar la declaración jurada de Ganancias “sin detallar el patrimonio al inicio ni al cierre del período, ni el monto consumido. En su lugar, se informan ingresos, gastos, deducciones, retenciones y percepciones”, indica el tributarista Sebastián Domínguez, titular del estudio SDC Asesores Tributarios. Además, el especialista explica que si la presentación de la declaración jurada se realiza en tiempo y forma, se produce un efecto liberatorio del pago sobre el período fiscal base y presunción de exactitud del mismo, extendiéndose esta última a las declaraciones juradas de Ganancias e IVA de los períodos no prescriptos. Sin embargo, este beneficio no es definitivo y está sujeto a una serie de revisiones. El año base, que sirve para la presunción de exactitud, se renueva anualmente. Si en la presentación del 2027 se identifica alguna irregularidad, el fisco puede impugnar el período base y revisar el actual y los no prescriptos.

¿Quiénes pueden adherirse al Régimen Simplificado?

El Régimen Simplificado de Ganancias es un régimen opcional para quienes son contribuyentes inscriptos en el Impuesto a las Ganancias, que cumplan con determinados parámetros en los tres períodos fiscales anteriores:
  • Ingresos totales de hasta $1000 millones
  • Patrimonio total de hasta $10.000 millones
  • No revestir la condición de Gran Contribuyente Nacional
  • No poseer CUIT con estado limitado
La opción se realiza a través de ARCA y, una vez realizada, se puede emitir una constancia de inscripción para presentarla a diferentes organismos.

El impacto en el mercado inmobiliario

La implementación del régimen, que parecía ser beneficioso para el mercado inmobiliario, generó interpretaciones dispares. Algunos compradores entendieron que la adhesión eliminaba la necesidad de justificar el origen de los fondos en la compra de un inmueble. Sin embargo, en la práctica, los escribanos continúan requiriendo documentación para evaluar el origen y la licitud de los fondos. La razón es que la Unidad de Información Financiera (UIF) no modificó su normativa vigente. “Los escribanos siguen las mismas normas de la UIF y los mismos umbrales para inmuebles que existían antes”, declara Domínguez. En este contexto, surgieron dudas y reclamos, especialmente en redes sociales, donde los usuarios reportaron que se les solicitó el origen de los fondos a pesar de estar adheridos al nuevo régimen.

La contradicción: ARCA vs UIF

En febrero de este año, la UIF, junto al Banco Central, lanzó un comunicado demostrando su objetivo de avanzar hacia una mayor flexibilización. Sin embargo, esto no se reflejó en sus normas vigentes. Al no verse reflejado el cambio, los escribanos deben continuar con los controles habituales. Los especialistas coinciden en que existe una contradicción entre lo que plantea el régimen simplificado y lo que exige la UIF. “El régimen simplificado parecería permitir casi todo y en realidad lo único que permite es el delito de evasión en algunos casos y en montos chicos”, explican Magdalena Tato y Julián González Mantelli, presidente del Colegio de Escribanos de la ciudad de Buenos Aires y asesor jurídico-notarial, respectivamente. Los escribanos continúan pidiendo fondos u origen de fondos para las operaciones inmobiliarias, “porque está vigente la Resolución 242 del año 2023 de la UIF, donde a través del enfoque basado en riesgo tenemos que analizar y calificar tanto a los clientes como a las operaciones”, argumentan.

¿Pueden cambiar las normas de la UIF?

La solución parecería ser alinear las normas de la UIF para que sean concordantes con las normas tributarias. Sin embargo, no es tan sencillo. “La UIF debe adecuar su normativa basándose en los estándares internacionales definidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)”, explican Tato y González Mantelli.

En este sentido, ejemplifica Domínguez que si la UIF sube los umbrales que determinan el monto máximo antes de tener que declarar el origen de los fondos, hay un riesgo de que el GAFI objete y determine que Argentina flexibilizó demasiado. “Una flexibilización amplia de la UIF podría incluir al país en la denominada ‘lista gris’, lo que afectaría su acceso a los mercados capitales internacionales”, concluye Domínguez.

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