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Las implicancias y los riesgos ante la falta de una estrategia nacional de vivienda
A principio de año se cerró la Secretaría de Desarrollo Territorial y Vivienda y hoy se disolvieron programas como Casa Propia, Argentina Construye y Suelo Urbano, entre otros
19 de agosto de 2025
23:42
El Gobierno disolvió programas de vivienda
El Poder Ejecutivo Nacional ha dictado, hace algunos meses, el Decreto 70/2025, por el cual, entre otras medidas, disuelve la Secretaría de Desarrollo Territorial y Vivienda al suprimirla de las áreas del Ministerio de Economía. Desde que aquella no existe más dentro del listado de dependencias del art. 1°. Luego, completa tal decisión en el art. 8° al eliminar los que eran los objetivos de dicha Secretaría y de las Subsecretarías de Desarrollo Territorial y de Hábitat y Vivienda, agregando nuevas incumbencias a la vigente Secretaría de Obras Públicas, que asume determinadas facultades de la disuelta Secretaría.
Entonces, los temas -u objetivos de estar a la redacción del decreto- que conforman el universo del hábitat y la vivienda, enumerados en el art. 5° son: 1) el suelo (y su relevamiento y regularización), 2) obras de infraestructura habitacional, que no se definen, y 3) la finalización, cierre y transferencia de programas y proyectos en materia de desarrollo territorial, hábitat y vivienda, ahora bajo la órbita exclusiva de la Secretaría de Obras Públicas.
Además, sigue subsistiendo una dependencia dedicada de alguna manera a ciertas cuestiones referidas al hábitat y la vivienda: la Subsecretaría de Integración Socio Urbana. Sus objetivos incluyen el diseño e implementación de políticas, la transformación urbana de barrios y la gestión del Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Socio Urbana (RENABAP).
La falta de una estrategia nacional de vivienda
El programa Procrear ya se había disuelto a fines del año pasado y hoy el Gobierno disolvió más programas como Casa Propia, Argentina Construye
Por otra parte, como es sabido, la estructura jurídico-legal argentina impone que todas las normas inferiores a la Constitución Nacional se subordinen a esta, en su letra y en su espíritu. La reforma constitucional de 1994 incorporó a ciertos tratados internacionales que no derogan artículo alguno de la primera parte de esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías por ella reconocidos.
Uno de los tratados expresamente mencionados es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Este pacto es el más relevante en materia de vivienda y hábitat, y cuenta con un órgano de aplicación, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC), que se expresa mediante Observaciones Generales (OG) que constituyen la interpretación oficial internacional del Tratado.
La Argentina, en tanto Estado Parte de tratados internacionales, debe adoptar una “estrategia nacional” de vivienda
Hay una disposición expresa del CDESC que corresponde destacar para verificar si la normativa nacional en materia de vivienda se adecúa a los estándares establecidos por dicho comité. Se trata del punto 12 de la OG N° 4, que determina que la Argentina debe adoptar una “estrategia nacional” de vivienda necesaria para cumplir con todas las demás obligaciones que emanan del PIDESC.
El Decreto 70/25 parece estar destinado más a una readecuación de competencias administrativas que a establecer una estrategia nacional de vivienda, como lo exige el punto 12 de la OG N° 4 del CDESC. Si bien ciertas acciones apuntan a la libertad de mercado y al fortalecimiento de la moneda, es crucial que el derecho a la vivienda se aplique a todos, considerando que la dignidad humana exige que el término “vivienda” se interprete de manera inclusiva.
Es necesario que el derecho a la vivienda se garantice a todos
Cumplir con el PIDESC requiere más que ordenar el organigrama y reducir gastos. Se necesita que el derecho a la vivienda pueda aplicarse a todos, según lo exigen normas de jerarquía constitucional, y que este reconocimiento no sea abstracto, sino que se consagre en medidas concretas: asignación de recursos, calendarios de ejecución y coordinación con todos los entes públicos y privados involucrados.
Exhortar a las autoridades competentes
Por ello, resulta oportuno exhortar a las autoridades competentes a que hagan públicas las medidas necesarias para consagrar el derecho a la vivienda conforme ordena el PIDESC y convoquen a quienes puedan aportar propuestas y análisis que contribuyan a poner en práctica lo necesario para tal fin.
No hacerlo expone a la República Argentina a ser demandada ante los organismos internacionales por incumplimiento de las obligaciones asumidas según un tratado internacional.
El autor es abogado. Presidente de CAVERA – Cámara de la Vivienda y Equipamiento Urbano de la Rep. Arg. y de FAEC – Federación Argentina de Entidades de la Construcción
Por Ricardo Daniel Andino
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